Padre, familia y guardián FAQ
FAQ de padres y familiares
¿por qué no me informaron de estos cargos por la Universidad?
La participación de un estudiante en cualquier procedimiento disciplinario está protegida por la ley de privacidad y derechos educativos de la familia (FERPA), que impide que el personal universitario discutan los detalles de cualquier procedimiento de conducta con cualquier persona, excepto el estudiante, a menos que el estudiante firma una renuncia que les permite hacerlo. El decano adjunto de Living comunitario estaría encantado de discutir el proceso general de conducta estudiantil y contestar cualquier pregunta general para usted, pero no puede discutir los detalles específicos del caso de su estudiante con usted a menos que firme una exención de FERPA y regrese al Decano Asistente.
¿Cómo puedo ayudar a mi estudiante?
Lo mejor que puede hacer para ayudar a su estudiante es apoyarse mientras pasa por el proceso, pero también para mantener a su estudiante responsable de sus propias expectativas y expectativas Life's. Tener una conversación abierta con él/ella en la que se establecen sus expectativas de que van a asistir a las reuniones programadas y responder a la comunicación. Dedique unos momentos a revisar el código de honor y los estándares de conducta, así como la información sobre el sitio web de conducta estudiantil, para familiarizarse con lo que su estudiante está atravesando. Por último, permita a su estudiante la independencia de tomar sus propias decisiones y navegar por este proceso. Está diseñado para ser educativo en la naturaleza y permitir al estudiante la oportunidad de reflexionar sobre las opciones que se han hecho, así como el papel que juegan en la comunidad universitaria. No será útil para su estudiante si usted intenta tomar el control o controlar el proceso.
¿Puedo asistir a la reunión de conducta estudiantil y/o a la audiencia con mi estudiante?
El estudiante puede tener un consejero presente, que puede ser un padre/guardián. El papel del consejero es apoyar y aconsejar al estudiante pero no hablar por o representar al estudiante. Usted puede comunicarse con su estudiante de una manera no verbal (es decir, escribir notas).
¿necesito contratar a un abogado?
El proceso de conducta estudiantil no es un proceso legal, por lo que no necesita un abogado. Un abogado puede servir como consejero, pero el estudiante no puede ser representado por un abogado. El abogado sólo puede actuar en el papel de consejero. Una vez más, los abogados, como los padres/tutores, no pueden hablar en nombre del estudiante, pero pueden comunicarse no verbalmente con el estudiante.
Contacto
Dr. André L. Clanton
Director de Resolución de Conflictos y Rendición de Cuentas
770-426-2700
Andre.Clanton@Life.edu